Articulista.
EL pasado 20 de marzo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación, “MODIFICACIONES y Adiciones a las disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro”.
Dentro de las consideraciones que motivaron las modificaciones contenidas en la publicación, se destaca la necesidad de agilizar los procesos de traspaso, lo que hasta hoy día resultaba todo un vía crucis para los trabajadores que deseaban cambiar de Afore.
Después de iniciar el proceso a través del portal www.e-sar.com.mx y al acudir a la Afore transferente por su ‘Constancia de Implicaciones de Traspaso’, debían de hacer esperas muy significativas y, al llegar con el agente de servicio, recibían simplemente un “disculpe usted, no tenemos sistema” o les daban cualquier otra excusa.
En el mejor de los casos, se les ofrecía enviarles la constancia al e-mail registrado en la Afore, la cual debía de llegar dentro de los cinco días hábiles siguientes, con la sorpresa de que, al recibir la constancia por ese medio, había que desencriptar el archivo con claves o códigos más que complicados.
Lo malo del cuento es que los trabajadores terminaban por desistirse del cambio de Afore y, aunque en algunos casos la decisión era la más acertada, aún sin estar conscientes de ello (por eso de las minusvalías), siempre quedaba el amargo sabor de boca del pésimo servicio recibido, de lo complicado del trámite y de la impotencia de tomar decisiones, acertadas o no, sobre su Ahorro para el Retiro toda vez que es potestad del trabajador elegir libremente qué administradora lleve su cuenta individual.
Estas modificaciones definen amplia, clara y plenamente que las administradoras transferentes no podrán condicionar o limitar al trabajador la entrega, descarga o acceso a la constancia sobre implicaciones del traspaso.
En virtud de lo anterior, se agrega al artículo 180, sexto párrafo de la Circular Única Operativa de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, toda una serie de indicaciones y prohibiciones a las Afore a fin de facilitar los traspasos.
Agregan las MODIFICACIONES que “los trabajadores sean contactados de manera presencial al menos una vez durante los primeros cinco años”; anteriormente la obligación de contactarlos era al menos una vez por año.
Con las medidas anteriores, especialmente lo relacionado con la obtención de la ‘Constancia de Implicaciones de Traspaso’, los trabajadores ganan mucho tiempo, pero, ¡cuidado, mucho cuidado!
Nuestra recomendación sigue siendo la misma: ‘No se cambie de Afore si antes no ha sido asesorado amplia y detalladamente, especialmente por asesor independiente, aun cuando le bajen el cielo y las estrellas’.
Tomado del periódico
“Novedades” de Yucatán.
Mérida, Domingo 24 Marzo 2019.
Ventaneando, Viernes 10 de Mayo de 2019.